Documentos legales y martillo de juez en oficina de abogados en Guadalajara - ¿Quién hereda los bienes de una persona si no hay testamento?
23/9/20246 min de lecturaLic Ramon Lomeli

¿Quién hereda los bienes de una persona si no hay testamento?

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La muerte es un evento inevitable que, muchas veces nos toma desprevenidos. En México, un alto porcentaje de personas fallece sin haber dejado un testamento que disponga sobre el destino de sus bienes. Esto genera incertidumbre entre los familiares y puede dar lugar a conflictos legales. Pero, ¿qué dice la ley mexicana al respecto? ¿Quiénes son los herederos cuando no existe un testamento?

En México, la sucesión legítima o intestamentaria se rige por el Código Civil Federal y los Códigos Civiles o Familiares de cada estado. Estos ordenamientos establecen quiénes son los herederos legales y en qué orden tienen derecho a heredar cuando una persona fallece sin testamento.

Aunque existen similitudes entre los códigos civiles de las diferentes entidades federativas, pueden existir variaciones en las disposiciones específicas. Por ello, es recomendable consultar el código civil correspondiente al lugar de residencia del fallecido o asesorarse con un abogado especialista en herencias.

Orden de prelación de herederos en la sucesión intestamentaria

La ley establece un orden de prelación para determinar quiénes son los herederos en ausencia de testamento. Este orden es el siguiente:

  1. Descendientes (hijos, nietos).
  2. Cónyuge supérstite.
  3. Ascendientes (padres, abuelos).
  4. Parientes colaterales hasta el cuarto grado (hermanos, sobrinos, tíos, primos).
  5. Concubina o concubinario.
  6. La beneficencia pública o el Estado.

1. Descendientes

Los primeros en la línea de sucesión son los hijos del fallecido, sin importar si son nacidos dentro o fuera del matrimonio, reconocidos o adoptivos. La ley no hace distinción entre ellos, otorgándoles iguales derechos hereditarios.

Si alguno de los hijos ha fallecido antes que el padre o madre, pero dejó descendencia (nietos del fallecido), estos tomarán el lugar de su progenitor en la herencia por derecho de representación.

Ejemplo: Si una persona fallece sin testamento y deja tres hijos vivos y un nieto (hijo de un hijo fallecido), la herencia se dividirá en cuatro partes iguales entre los tres hijos y el nieto.

2. Cónyuge supérstite

El cónyuge que sobrevive tiene derecho a heredar en concurrencia con los descendientes o ascendientes, dependiendo de la situación:

  • Con descendientes: El cónyuge comparte la herencia con los hijos en partes iguales.
  • Con ascendientes: El cónyuge hereda la mitad y los ascendientes la otra mitad.
  • Sin descendientes ni ascendientes: El cónyuge hereda la totalidad de los bienes.

Para tener derecho a heredar, el matrimonio debe ser válido y estar vigente al momento del fallecimiento. Si existía una separación legal o divorcio, el cónyuge puede perder sus derechos hereditarios.

3. Ascendientes

En ausencia de descendientes, los padres del fallecido heredan en partes iguales. Si uno de los padres ha fallecido, el sobreviviente hereda la totalidad.

Si no hay padres, los abuelos ocuparán su lugar. Los ascendientes más próximos excluyen a los más remotos.

4. Parientes colaterales hasta el cuarto grado

Si no existen descendientes, ascendientes, cónyuge ni concubina o concubinario, la herencia pasa a los parientes colaterales:

  • Hermanos: Heredan por partes iguales.
  • Sobrinos: En ausencia de hermanos, los hijos de estos (sobrinos del fallecido) pueden heredar por derecho de representación.
  • Tíos y primos: Si no hay hermanos ni sobrinos, los parientes hasta el cuarto grado pueden ser herederos.

5. Concubina o concubinario.

La figura del concubinato es reconocida por la ley mexicana. La concubina o el concubinario tienen derechos hereditarios similares a los del cónyuge, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos:

  • Haber vivido en común durante al menos cinco años ininterrumpidos.
  • O tener hijos en común.
  • Ninguno de los dos debe estar casado legalmente con otra persona.

La concubina o concubinario hereda en las mismas condiciones que el cónyuge supérstite.

6. Beneficencia pública o el Estado

En el caso extremo de que no existan parientes hasta el cuarto grado, los bienes del fallecido pasan a ser propiedad de la beneficencia pública o del Estado. Este proceso se conoce como herencia vacante.

Procedimiento legal para la sucesión intestamentaria

Cuando una persona fallece sin testamento, es necesario iniciar un juicio sucesorio intestamentario. Este proceso puede ser:

  • Notarial: Si los herederos son mayores de edad, capaces legalmente y están de acuerdo en la forma de repartir la herencia, el trámite puede realizarse ante un notario público.
  • Judicial: Si existen menores de edad, personas incapaces o desacuerdo entre los herederos, es necesario acudir a un juez de lo familiar.

El proceso sucesorio intestamentario consta de varias etapas, entre las cuales se encuentras las siguientes:

  1. Declaración de herederos: Se determina quiénes son los herederos legítimos conforme a la ley.
  2. Administración: Se nombra un albacea que administre los bienes durante el proceso.
  3. Inventario y avalúo: Se realiza un listado y valoración de los bienes del difunto.
  4. Liquidación y adjudicación: Los bienes se reparten entre los herederos conforme a la ley.

Es fundamental contar con el asesoramiento de un abogado especialista en herencias o un abogado especializado en derecho sucesorio para llevar a cabo este proceso de manera correcta y evitar conflictos entre los herederos.

Importancia de hacer un testamento

Aunque la ley establece un orden claro para la sucesión intestamentaria, hacer un testamento ofrece múltiples ventajas:

  • Voluntad personal: Permite disponer libremente de los bienes y beneficiar a personas o instituciones específicas.
  • Evitar conflictos: Reduce la posibilidad de disputas legales entre familiares.
  • Agilizar trámites: El proceso sucesorio testamentario es más rápido y sencillo que el intestamentario.

Septiembre: Mes del Testamento.

Justo en este mes de septiembre, se celebra en México el “Mes del Testamento”. Durante este periodo, los notarios ofrecen descuentos significativos y asesorías gratuitas para fomentar la cultura testamentaria entre la población.

Esta campaña tiene como objetivo principal concientizar a las personas sobre la importancia de contar con un testamento y facilitar el proceso para quienes deseen hacerlo. Es una oportunidad ideal para asegurar que tus bienes serán distribuidos conforme a tu voluntad y proteger el futuro de tus seres queridos.

No dejar un testamento puede generar incertidumbre y conflictos entre los familiares. Aprovechar el Mes del Testamento es una decisión inteligente y responsable que brinda tranquilidad tanto a ti como a tus allegados.

En LGPS Abogados en Guadalajara, contamos con un equipo de abogados especialistas en herencias y derecho sucesorio dispuestos a ayudarte. Si tienes dudas o requieres apoyo en la elaboración de tu testamento o en un proceso sucesorio intestamentario, no dudes en contactarnos. Protege el futuro de tus seres queridos y asegura que tus bienes sean distribuidos conforme a tu voluntad. ¡Estamos para servirte!

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